
La reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre el Registro Único de Arrendamientos de corta duración redefine los límites de la intervención estatal en un ámbito especialmente sensible como el de la vivienda y el turismo.
En un nuevo artículo publicado en Vozpópuli, Pedro Echeguren Pérez de Herrasti, abogado del Área Procesal de Ius + Aequitas Trial Lawyers, analiza el alcance de la Sentencia 620/2026, que anula parcialmente el Real Decreto 1312/2024 al considerar que el Estado excedió sus competencias al establecer un procedimiento registral único y obligatorio para los alquileres de corta duración.
El artículo examina cómo el Tribunal Supremo delimita el alcance de las competencias estatales en materia de coordinación y planificación económica frente a las atribuciones de las comunidades autónomas en vivienda y turismo. Asimismo, explica por qué la resolución mantiene la Ventanilla Única Digital y el intercambio de información entre administraciones, apostando por un modelo de interoperabilidad entre registros autonómicos en lugar de un registro estatal único.
Un análisis que aporta claves para comprender el impacto de esta resolución en la regulación de los alquileres de corta duración y en el futuro equilibrio entre la necesaria coordinación administrativa y el respeto al reparto constitucional de competencias.
Lee el artículo completo en Vozpópuli.