08 Abr ¿Qué novedades incluye el nuevo Decreto en materia de alquiler?
El pasado 6 de marzo entró en vigor el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para atender la emergencia social en materia de vivienda, que afectará a los nuevos contratos de alquiler que se firmen a partir de ese día.
Entre los importantes cambios que trae la norma y que modifica la actual ley de Arrendamientos Urbanos, debe destacarse la ampliación de la duración mínima del contrato, que pasará de 3 a 5 años y, si el arrendador es una persona jurídica, hasta los 7 años. También se aumenta la prórroga tácita de 1 a 3 años cuando ninguna de las partes indique nada sobre la continuidad del contrato.
Además, no bastará un mes como hasta ahora para que arrendador o arrendatario comuniquen si desean poner fin al arrendamiento, sino que el casero deberá comunicarlo con cuatro meses de antelación y el inquilino con dos.
Por otra parte, el Decreto pone fin a las subidas libres de precio, lo que implica que los caseros no podrán actualizar el precio de la vivienda según su criterio. A partir de este nuevo Decreto, la actualización anual dentro del contrato no puede en ningún caso superar el IPC.
Sin embargo, la intervención en el precio de la vivienda en alquiler no se limita a su actualización, ya que se prevé la creación, en el plazo de ocho meses, de un índice estatal de referencia del precio del alquiler de vivienda que se vinculará a la subida del IPC.
El nuevo Decreto en materia de alquiler también afecta a las Viviendas de Uso turístico. En concreto, se reconoce a las Comunidades de Propietarios la facultad de limitar o condicionar la implantación de este tipo de viviendas por una mayoría de 3/5 de los propietarios, así como la posibilidad de incrementar hasta un 20% la participación en los gastos comunes por parte de las viviendas de uso turístico.
Con todas estas medidas se quiere dar mayor seguridad y certidumbre al inquilino, estimular la oferta de vivienda de alquiler y dar apoyo a los grupos más vulnerables, aliviando la carga financiera de las familias.
El tiempo juzgará si la nueva norma aprobada por el Gobierno es positiva en cuanto a sus efectos. Desde luego no parece serlo en cuanto a los medios con los que se pretenden alcanzar, ya que limitar el derecho de propiedad por medio de la intervención vía precios y el establecimientos de plazos mínimos de vigencia excesivamente largos se presenta como una intervención abrupta del Estado en los mercados.
Adicionalmente, las medidas adoptadas pueden provocar el efecto inverso al perseguido, toda vez que la larga duración de los contratos y la menor expectativa de retorno puede provocar que muchos propietarios dejen de alquilar sus viviendas o decidan seleccionar solo a aquellos inquilinos con mejor economía y mayores garantías de pago, provocando una reducción del stock de viviendas en el mercado de alquiler y la exclusión de los colectivos más vulnerables.
Enlace a la norma: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3244