25 May Mariló Montero consiguie prohibir cautelarmente la publicación y venta de unas fotografías tomadas en su ámbito privado
Madrid. El Juzgado de Primera Instancia nº 35 de Madrid estima las medidas cautelares solicitadas por la periodista de TVE
El Juzgado de Primera Instancia nº 35 de Madrid ha estimado las medidas cautelares solicitadas por la periodista de TVE, María Dolores Leonor Montero -más conocida como Mariló Montero- prohibiendo cautelarmente la publicación y venta de unas fotografías tomadas, sin su consentimiento, en momentos de su estricta vida privada, mientras disfrutaba de sus vacaciones de Semana Santa en un resort hotelero de Bora Bora.
El pasado 23 de abril, en cuanto la periodista tuvo conocimiento de la existencia de este reportaje, solicitó judicialmente la prohibición cautelar de publicarlo al considerar que éste carecía de todo interés informativo. Y es que las fotografías muestran a la Sra. Montero tomando el sol en el bungalow de su hotel, así como en otras escenas que pertenecen estrictamente a su vida privada y cuyo conocimiento nada aporta a la ciudadanía. En la vista judicial que tuvo lugar el siguiente día 18 de mayo se defendió que esta actuación se encontraba sólo guiada por un ánimo lucrativo, prohibido por el artículo 7.6 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, y distinto al derecho a la información, no amparado por ello en la libertad de prensa.
Concretamente, el Juzgado estima en su Auto del siguiente día 19 de mayo notificado hoy a las partes, que el mencionado reportaje fotográfico “afecta a escenas de la vida cotidiana de la Sra. Montero siendo tomadas en su más estricta intimidad y en un lugar privado, cual es el Bungalow en el que pasaba sus vacaciones, y por tanto, constitutivo de su domicilio”, puntualizando que, al haber sido tomadas las fotografías “en su propio domicilio, y por tanto dentro de su esfera más íntima, el caso pudiera conllevar incluso connotaciones penales de protección del derecho”.
El Juzgado considera adecuada la medida cautelar solicitada por la Sra. Montero para el fin perseguido, “pues de no adoptarse la misma se llevaría a cabo la difusión de imágenes que dañarían la intimidad de la parte actora, pues sin duda se vería afectada la intimidad de una mujer al exhibir partes íntimas de la misma, que por ella no ha sido deseada y que se reserva para su más estricta intimidad”.
Consecuentemente, el Juzgado ha acordado “el cese provisional en la exhibición, comunicación y/o publicación por cualquier medio de las fotografías y vídeos con imágenes de la actora en cuanto han sido tomadas en su propio domicilio, así como en la distribución, venta o comercialización de las mismas a cualquier persona física, revista o medio de comunicación escrito o audiovisual sin que haya lugar a ningún tipo de intervención o depósito de los soportes donde estén contenidas”. Este auto no es firme y es susceptible de ser recurrido en apelación.
El Departamento de Derecho al Honor de “IUS + AEQUITAS ABOGADOS” celebra esta resolución judicial, que ampara a su defendida y supone un hito significativo en la protección del Derecho al Honor, a la Intimidad y a la Propia Imagen de todas las personas que ejercen profesiones de notoriedad o proyección pública y cuya intimidad, como ha sido el caso, es ilegítimamente invadida.