Este delicado debate se ha planteado el multitud de ocasiones, pero en este momento adquiere mayor notoriedad como consecuencia de la actual discusión parlamentaria acerca de la derogación de la cadena permanente revisable. A raíz de lo anterior, Ius + Aequitas Abogados fue amablemente invitado el pasado 11 de marzo, a participar en el Debate del Foro de la Sociedad Civil que tuvo lugar en Capital Radio. A dicho debate, acudieron a tratar el tema el Presidente del “Foro de la Sociedad Civil”, D. Jesús Banegas, y dos más de sus miembros, concretamente, D. Enrique Baca y D. Antonio Cordón. además de la Letrada que suscribe este artículo.
El debate viene ocasionado como consecuencia de que los últimos informes de Instituciones Penitenciarias dan a conocer los datos de la población reclusa en nuestro país y en los mismos resulta llamativo que, siendo España uno de los países con el índice de delincuencia más bajo, el nivel de la población reclusa sea de los más altos de Europa. Debido a esta dicotomía, y para completar lo tratado en el debate radiofónico referido, se debería realizar un examen de las causas por las cuales se produce esta supuesta contradicción, pudiendo resumirse a grandes rasgos en tres:
1.- Lo más evidente, quizás, sea el endurecimiento de las penas que se ha ido produciendo desde la reforma del Código Penal en el año 2010 y, posteriormente, de 2015 con la inclusión de la prisión permanente revisable. Debido a este endurecimiento, la duración de las penas es mayor, pero esto no significa que se hayan cometido más delitos en nuestro país, sino que existen en nuestros centros penitenciarios personas que permanecen presas durante muchos años, con el evidente incremento que ello conlleva del número de internos. Es decir, no es que haya más condenas que en el resto de Europa, sino que las condenas son más largas.
2.- Además de lo anterior, que es a todas luces lo que más afecta a la diferencia del número de presos de un país a otro, existen otros factores como el hecho de que se hayan contemplado con los años nuevas formas de delinquir que conllevan a que el Código Penal deba adaptarse a las mismas, recogiendo nuevos delitos o ampliando a otro tipo de situaciones los ya recogidos en nuestro texto penal.
3.- Finalmente, además de lo anterior, se debe hacer hincapié en el hecho de que España sea una de las puertas de entrada más importantes de droga en Europa, lo cual conlleva a que en número de delitos contra la salud pública en nuestro país sea muy superior al de otros países de la Unión Europea.
Sin embargo, podríamos plantear el tema desde el punto de vista contrario. ¿No será quizás la causa de que el índice de criminalidad en España sea tan bajo en comparación con otros países europeos, precisamente, el endurecimiento de las penas? Si la respuesta fuese afirmativa se podría decir que en nuestro país el Derecho Penal está cumpliendo su función preventiva.
El Derecho Penal realiza una función preventiva desde dos esferas. Por un lado, cumple con una función de prevención general, que conlleva a que la sociedad evite delinquir como consecuencia del temor a que les sea aplicada una condena privativa de derechos. Pero, por otro lado, cumple una importante función de prevención especial o concreta que se traduce en que quien ha delinquido y sufrido en primera persona esa privación de derechos, evite volver a delinquir como consecuencia del temor de volver a verse privado de libertad o del derecho al que ya fue condenado.
Es por ello, por lo que habitualmente surge la duda de si se podría llegar a asegurar que el hecho de contar con un sistema penal más severo, afecta directamente al nivel de delincuencia de un estado o sistema, es decir, cuanto más severo es el sistema penal de un país, menos índice de delincuencia existe en dicho país. Parece que poniendo en comparación el sistema penal español con el de los demás países europeos, la respuesta a esta cuestión podría ser afirmativa, sin embargo, la experiencia nos evidencia todos los días que la fórmula anterior no siempre es cierta, ya que existen países, como por ejemplo Estados Unidos, con un sistema penal rígido donde la pena de muerte se encuentra contemplada en varios estados y, sin embargo, su nivel de criminalidad es llamativamente alto.
Por tanto, la única conclusión que puede sacarse de esta reflexión es que el sistema penal español funciona, no siempre a gusto de todos y siendo siempre susceptible de mejorar, pero los resultados a efectos de nivel de delincuencia y de seguridad ciudadana, son realmente óptimos en comparación con otros países de nuestro entorno.
Esta cuestión sometida a debate en Capital Radio, puede escucharse a través del siguiente link, donde además de esta visión jurídica, se ofrecen otros puntos de vista tanto a nivel médico como a nivel social.
http://capitalradio.es/audios/20180311_FOROSOCIEDADCIVIL.MP3
Carolina González de la Fuente
Abogada Ius + Aequitas Abogados