06 Oct Condenado a dos años de cárcel el representante de El Canto Del Loco
Madrid.
El pasado día 18 de septiembre de 2014 la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado Auto por el que inadmite a trámite el recurso de casación interpuesto por la defensa del mánager de artistas Carlos Pancracio Vázquez Moreno -conocido en el sector musical como “Tibu”- y confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a la pena de prisión de dos (2) años, tres (3) meses y un (1) día, inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de mánager o representante de artistas, así como al pago de una indemnización de 67.837,57 euros y de las costas judiciales en todas las instancias, por la comisión de un delito continuado de administración desleal.
Los Magistrados del Supremo confiman así la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de 27 de febrero de 2014. Los hechos enjuiciados se remontan al año 2007 cuando los miembros del grupo “El Canto del Loco” (ECDL) junto con el manager de artistas “Tibu”, crearon la sociedad “El Manicomio Records, S.L.” para promocionar la carrera artística de grupos musicales noveles, quedando a cargo del representante las labores de gestión y administración de la sociedad. Sin embargo, “Tibu”, través de distintas sociedades de las que era titular en exclusiva, decidió contratar con Ayuntamientos y promotores locales determinadas actuaciones artísticas de grupos musicales representados y tutelados por “El Manicomio Records”, quedándose con los beneficios.
Con este Auto del Tribunal Supremo ya suman dos las condenas de prisión impuestas al representante de artistas, pues en otro procedimiento judicial también encomendado a nuestra firma Ius + Aequitas, el Tribunal Supremo confirmó la condena a dos años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a “Tibu” como autor de un delito continuado de apropiación indebida, al contratar y facturar a través de su sociedad personal la gira del grupo musical ECDL del año 2008 y uno de los más relevantes conciertos celebrado en el Palacio de los Deportes de Madrid, en lugar de hacerlo a través de la sociedad que constituyó con los miembros del grupo, apropiándose de gran parte de las cantidades percibidas.
Ius + Aequitas Abogados, tras más de cinco (5) años asumiendo la dirección letrada de estos procedimientos penales y doce (12) años defendiendo los legítimos derechos e intereses de los artistas, confía que este importante precedente facilite en el futuro la transparencia en la mediación dentro del sector musical, en el que la experiencia ha demostrado que la litigiosidad es alta y muchos los abusos cometidos.
A continuación se incluyen links a los medios de prensa que se han hecho eco de la noticia:
http://m.20minutos.es/noticia/2255105/0/el-canto-del-loco/condena/tribunal-supremo/
http://www.europapress.es/nacional/noticia-nueva-condena-tibu-exrepresentante-canto-loco-quedarse-67837-euros-gira-2009-20141002131923.html
http://www.abc.es/cultura/musica/20141002/abci-prision-representante-canto-loco-201410021653.html
http://www.publico.es/culturas/547744/el-exrepresentante-de-el-canto-del-loco-robo-incluso-a-sus-teloneros
http://www.elsemanaldigital.com/nueva-condena-de-prision-para-tibu-exrepresentante-de-el-canto-del-loco-por-quedarse-67837-euros-218434_noticia.htm
http://www.elconfidencial.com/ultima-hora-en-vivo/2014-10-02/el-supremo-impone-otra-condena-al-exrepresentante-de-el-canto-del-loco_379023/