COHOUSING Y COLIVING. NUEVOS TIPO DE USO EN ALZA

COHOUSING Y COLIVING. NUEVOS TIPO DE USO EN ALZA

El mercado de la vivienda es un mercado tradicionalmente muy conservador, Sin embargo, un cambio de los hábitos sociales y el envejecimiento de la población han propiciado el desarrollo de nuevas tipologías de uso que introducen variantes de gran interés y aportan un gran valor al sector.

El auge de lo que lo que podemos entender como cultura colaborativa, y el aprovechamiento de sinergias producen un cambio en el paradigma de la vivienda familiar, como núcleo cerrado de convivencia, dando lugar al cohousing y el coliving, Estos usos han generado un novedoso producto inmobiliario que, además de cumplir una función social, supone interesantes rentabilidades para los inversores.

El cohousing o también llamada la vivienda colaborativa, lo forman un grupo de personas que comparten diversas zonas de uso común, además de disponer de espacios residenciales individuales, si bien éstos son de un tamaño más ajustado que en el uso residencial tradicional. Normalmente el funcionamiento se realiza mediante un derecho de uso, en vez del régimen de alquiler o de propiedad. Hasta ahora esta tipología de uso está teniendo una muy buena cogida en los desarrollos para el cliente senior, entre las que podemos destacar las Arcadias, en el Encinar de los Reyes, en Torremocha del Jarama, o intergeneracionales como la propuesta de Entrepatios, o el edificio de Pimesa en Elche

El coliving es la evolución del coworking pero en el uso residencial, que dota de espacios sociales, laborales y residenciales a profesionales que comparten, de forma temporal, un lugar de trabajo y que residen en común en una vivienda donde intercambian conocimientos y experiencias.

Se trata de un cambio, una evolución, que condiciona la totalidad de las fases del desarrollo del proyecto. Hasta ahora, los proyectos que se han realizado han tenido que superar grandes trabas en su gestión, al no estar esta demanda social contemplada entre los usos tradicionales. Afortunadamente, los planes generales se van adaptando y comienzan a tener un reflejo en su aceptación por parte de la legislación urbanística.

Este es el caso del Ayuntamiento de Madrid, que ha introducido su regulación y la interrelación y compatibilidad con otros usos ya existentes en la reciente modificación de las Normas Urbanísticas de su Plan General de Ordenación Urbana.

Aborda ambos modelos residenciales, concretamente el cohousing, dentro de la categoría de vivienda colectiva; y el coliving en la clase de residencia en una nueva categoría que denomina “residencia compartida”. Las principales especificidades que introduce la nueva normativa son las siguientes:

  • El cohousing está regulado como una variante de la tradicional vivienda colectiva, con una mayor relación entre la vida común y la privada. En los proyectos priman la dotación de servicios comunes sobre las zonas de uso privativo, siendo las primeras de una mayor superficie y amplitud. El uso está pensado para funcionar en régimen de derecho de uso o de propiedad, en ambos casos gestionado por los propios copropietarios.
  • El coliving, también dentro del uso residencial, está diseñado como una modalidad habitacional en la que los espacios de uso privativo se restringen a la habitación y el baño, mientras que el resto de tipos de estancias quedan como zonas de uso compartido, y en éstas se incluyen las zonas de estar, cocina, lavandería, a las que se añadir otras vinculadas al ocio e incluso al trabajo. Su régimen de funcionamiento será el de alquiler gestionado por una entidad promotora, y su público objetivo incluye tanto el perfil profesional como los estudiantes, y en régimen de vivienda no permanente.

Por:

Adolfo Gª Ruíz-Espiga Dr. Arquitecto – Project Manager PMP. Profesor de la UMP.

Tomás Villatoro GonzálezSocio de Ius+Aequitas Trial Lawyers.